Comité de Ética de la Investigación con medicamentos (CEIm)

El CEIm del Hospital Universitario del Vinalopó es un organismo independiente, acreditado según los términos del RD 1090/2015 y constituido por profesionales sanitarios y personas legas, cuya finalidad principal es la de velar por la protección de los derechos, seguridad y bienestar de los sujetos que participen en proyectos de investigación biomédica, estudios clínicos con medicamentos y en investigaciones clínicas con productos sanitarios, ofreciendo garantía pública al respecto, mediante un dictamen sobre el protocolo del ensayo, la idoneidad de los investigadores y la adecuación de las instalaciones, así como los métodos y los documentos que vayan a utilizarse para informar a los sujetos del ensayo con el fin de obtener su consentimiento.

Ámbito de Actuación

El CEIm trabaja de forma coordinada con la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) para la emisión de un dictamen único tanto para ensayos clínicos como estudios observacionales, con validez para todo el Estado. Adscrito al Departamento de Salud del Vinalopó que incluye el Hospital Universitario de Vinalopó.

El CEIm debe ponderar los aspectos metodológicos, éticos y legales así como el balance riesgo-beneficio de los protocolos propuestos tanto de los ensayos clínicos como de cualquier otro tipo de diseño experimental u observacional que al mismo se presenten.

Por ello sus funciones son las siguientes:

  • Evaluar los aspectos metodológicos, éticos y legales de los ensayos clínicos que les sean remitidos, de conformidad con lo establecido en la sección 2.a del capítulo V del RD 1090/2015, de 4 de diciembre.
  • Evaluar las modificaciones relevantes de los ensayos clínicos autorizados y emitir el dictamen correspondiente.
  • Realizar un seguimiento del ensayo, desde su inicio hasta la recepción del informe final.
  • Evaluar la información escrita sobre las características del estudio que se dará a los posibles sujetos de la investigación, así como la forma en que dicha información sea proporcionada y el tipo de consentimiento que fuera a obtenerse.
  • Conocer y evaluar el alcance de las compensaciones ofrecidas a los investigadores y a los sujetos de la investigación, así como la forma en que dicha información sea proporcionada.
  • Recabar el asesoramiento de personas expertas no pertenecientes al Comité en los supuestos a que se refiere el artículo 16.4 del Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, que respetarán el principio de confidencialidad.
  • Realizar un informe acerca de las modificaciones de los protocolos de los ensayos, velando por la corrección de los protocolos propuestos desde el punto de vista metodológico, ético y legal.
  • Informar al Coordinador del PECME de todos aquellos protocolos de investigación que aprueben y que se eleven al órgano competente para su autorización, y también de los que finalmente se desestimen.
  • Remitir al Coordinador del PECME una copia de los certificados que se emitan sobre la adecuación deontológica de los protocolos que impliquen la investigación en humanos.
  • Comunicar al Coordinador del PECME las reacciones adversas graves o inesperadas que acontezcan durante el desarrollo del ensayo, mediante copia de la notificación del investigador o promotor.
  • El CEIm hará explícitos los criterios de idoneidad de los investigadores y del Centro para ser objetivos en la evaluación.
  • Proponer a la Conselleria de Sanidad, a través del Coordinador del PECME, la suspensión cautelar de un ensayo clínico en los supuestos previstos en el artículo 59 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
  • Comunicar al investigador principal el resultado de la evaluación de protocolos nuevos o enmiendas relevantes. 
  • Ensayos clínicos con medicamentos y con productos sanitarios
  • Estudios Observacionales Post autorización
  • Proyectos de Investigación Biomédica
  • Tesis Doctorales y otros trabajos académicos.

COMPOSICIÓN CEIm según RD1090/2015

Presidente

Carlos Marqués Espí (Licenciado en Derecho/ DPO certificado esquema AEPD/Miembro del Comité de Bioética)

Vicepresidente

Gonzalo Ros Cervera (Médico)

Titular Jefe de la Secretaría Técnica

Mª Amparo Santamaría Ortiz (Médico)

Vocales

Joaquín Quiles (Miembro Lego no vinculado laboralmente a los centros)

Angélica Valderrama Rodríguez (Farmacólogo Clínico).

Fernando Román Fuentes (Médico)

Jose Fernández de Maya (Enfermero)

Lucía Ojea Cárdenas (Farmacéutico Especialista Atención Primaria)

Ángel Raso Raso (Farmacéutico Especialista Hospital)

Maria Isabel Pérez Soto (Médico)

Ana Maestre Peiró (Médico)

Eva Cotilla de la Rosa (Médico)

Rosa Mª Martínez Mula (Graduada en Química/ Apoyo Administrativo Secretaría Técnica)

Cristina Soriano Bernal (Licenciada en Administración y Dirección de Empresas/Miembro Lego y Apoyo Administrativo Secretaría Técnica).

Datos de Contacto

Rosa Mª Martínez Mula (Apoyo técnico en la Secretaría técnica del CEIm)
Email: CEIm_VLP@c-salud.com
(+34) 618 430 514. Ext. 6759

Dirección del CEIm

Hospital Universitario del Vinalopó
Secretaría Técnica del CEIm
C/Tónico Sansano Mora nº 14
03293 Elche (Alicante)
At. Rosa Mª Martínez Mula

▶ Anexos y Documentos Generales (pincha aquí para más información)

ANEXO 1 del PNT-CEIm-001: Preparación, aprobación, distribución y revisión de los Procedimientos Normalizados de TrabajoComposición y requisitos de los miembros
ANEXO 1 del PNT-CEIm-002: Composición y requisitos de los miembros.
ANEXO 1 del PNT-CEIm-006: Procedimiento de convocatoria de reuniones del CEIm
ANEXO 1 del PNT-CEIm-007: Asesoramiento de personas expertas externas al CEIm
ANEXO 1 del PNT-CEIm-008: Elaboración, reProcedimientos administrativos del CEIm
ANEXO 1 del PNT-CEIm-010: Declaración de incompatibilidad sobrevenida de un miembro del CEIm
ANEXO 1 del PNT-CEIm-012: Procedimientos administrativos del CEIm
ANEXO 1 del PNT-CEIm-013: Procedimiento de evaluación.
ANEXO 1 del PNT-CEIm-014: Procedimiento de toma de decisiones
ANEXO 1 del PNT-CEIm-015: Procedimiento de seguimiento
ANEXO 1 del PNT-CEIm-016: Procedimiento de archivo de documentación
ANEXO 2 del PNT-CEIm-002: Composición y requisitos de los miembros
ANEXO 2 del PNT-CEIm-007: Asesoramiento de personas expertas al CEIm
ANEXO 2 del PNT-CEIm-012: Procedimientos administrativos del CEIm
ANEXO 2 del PNT-CEIm-013: Procedimiento de evaluación.
ANEXO 3 del PNT-CEIm-002: Composición y requisitos de los miembros.
ANEXO 3 del PNT-CEIm-007: Asesoramiento de personas expertas externas al CEIm
ANEXO 3 del PNT-CEIm-012: Procedimientos administrativos del CEIm
ANEXO 3 del PNT-CEIm-013: Procedimiento de evaluación.
ANEXO 4 del PNT-CEIm-002: Composición y requisitos de los miembros.
ANEXO 4 del PNT-CEIm-012: Procedimientos administrativos del CEIm
ANEXO 4 del PNT-CEIm-013: Procedimiento de evaluación.
ANEXO 5 del PNT-CEIm-012: Procedimientos administrativos del CEIm
ANEXO 5 del PNT-CEIm-013: Procedimiento de evaluación.
ANEXO 6 del PNT-CEIm-013: Procedimiento de evaluación.
ANEXO 7 del PNT-CEIm-013: Procedimiento de evaluación.

▶ Procedimiento Normalizado de Trabajo del CEIm (pincha aquí para más información)

Principios básicos
Preparación, aprobación, distribución y revisión de los Procedimientos Normalizados de Trabajo.
Composición y requisitos de los miembros.
Procedimiento sobre gestión y registro de la formación de los miembros.
Procedimiento sobre funciones del CEIm.
Procedimiento de reuniones del CEIm.
Procedimiento de convocatoria de reuniones del CEIm.
Asesoramiento de personas expertas.
Elaboración, redacción y aprobación de actas del CEIm.
Elaboración, aprobación y distribución de la memoria anual de CEIm.
Declaración de incompatibilidad sobrevenida de un miembro del CEIm
Procedimiento para asegurar la confidencialidad del funcionamiento interno del comité.
Procedimientos administrativos del CEIm.
Procedimiento de evaluación.
Procedimiento de toma de decisiones.
Procedimiento de seguimiento.
Procedimiento de archivo de documentación.